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Nuevos riesgos afectan a las Personas Jurídicas:

Ser sancionada penalmente en razón de que alguna  de  las personas naturales que la integran, cualquiera  sea  su posición, incurra  en alguno de los delitos señalados en  la ley 20.393.

En efecto, la ley 20.393, promulgada en noviembre de 2009, estableció la responsabilidad penal de
las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo cuando estos delitos hayan sido cometidos directa e inmediatamente en su interés o para su provecho  por sus dueños, controladores, administradores, supervisores o sus dependientes  y siempre que la comisión del delito sea  consecuencia del incumplimiento por la persona jurídica de los deberes de dirección y supervisión.

¿Quienes tienen mayores riesgos?

Si bien todas las personas jurídicas están expuestas a estos riesgos, éstos son mayores en la industria  bancaria y de servicios financieros, en todas las sociedades que  operan en el comercio exterior o efectúan transacciones internacionales y en todas las sociedades que son clientes o proveedoras de empresas del estado.

Especial mención merecen también todas las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero, incluyendo casas de cambio,  casinos de juego, notarías, conservadores, agentes de aduana, etc.

¿Cuáles son las máximas sanciones?

Existe una variada  gama de sanciones que incluyen multas a beneficio fiscal por hasta 20.000 Unidades Tributarias Mensuales y la disolución o cancelación definitiva de la personalidad jurídica.

¿Cómo protegerse?

Demostrando que no se han incumplido los deberes de dirección y supervisión. Estos deberes se entenderán cumplidos cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la PJ hubiere implementado un Modelo de Prevención de Delitos con las características que especifica  la ley.

¿Cómo demostrar que el Modelo implementado  contempla  los requisitos establecidos por la ley?

Mediante la  certificación.

¿Quiénes pueden certificar?

Las empresas como inCompliance,  que se inscribirán en el Registro de Entidades Certificadoras de Modelos de Prevención de Delitos que establecerá al efecto  la Superintendencia de Valores y Seguros.

 

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